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Política derechos humanos

POLÍTICA DE DERECHOS HUMANOS INTRODUCCIÓN OSHO

Osho Ingeniería es una empresa comprometida con el respeto de los derechos humanos y en el marco de sus principios y valores, reconoce la importancia de la Conducta Empresarial Responsable. Específicamente, OSHO Ingeniería acoge e interioriza lo establecido en los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de Naciones Unidas, las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales sobre Conducta Empresarial Responsable y en los Principios relativos a los derechos establecidos en las Declaraciones y Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) . Así mismo, reconoce la importancia de lo establecido en los Objetivos de Desarrollo Sostenible y en los 10 Principios de Pacto Global de Naciones Unidas.

Esta política de derechos humanos refleja el compromiso al más alto nivel directivo de OSHO Ingeniería de actuar con integridad y responsabilidad en sus operaciones y relaciones comerciales, así como crear un entorno de trabajo donde se respete la dignidad, igualdad y diversidad de todas las personas involucradas con la empresa, incluyendo empleados, clientes, proveedores y la comunidad en general.

Por lo anterior, OSHO Ingeniería se compromete a generar espacios, iniciativas y actividades para promover el respeto por los derechos humanos al interior de la organización así como implementar estrategias que permitan la prevención, mitigación o reparación de afectaciones generadas a los derechos humanos en el marco de sus operaciones con el fin de llevar a cabo las acciones enmarcadas dentro de los procesos de debida diligencia.

OSHO Ingeniería reconoce que este compromiso no solo es una responsabilidad ética, sino también una contribución al éxito sostenible a largo plazo de la empresa. Al respetar los derechos humanos, se fomenta la confianza, la lealtad y la productividad de sus empleados, fortalece sus relaciones con clientes y socios comerciales, y genera un impacto positivo en las comunidades donde opera.


OBJETIVO


La presente política de derechos humanos tiene como objetivo establecer el compromiso de OSHO Ingeniería con el respeto de los derechos humanos e integrar estos principios y prácticas en todas las operaciones, relaciones y actividades de la empresa, garantizando un entorno de trabajo ético, inclusivo y respetuoso conforme a los estándares internacionales de derechos humanos.

Así mismo, esta política permite fijar las expectativas de comportamiento de todas las personas empleadas y colaboradoras, proveedores, clientes, socios comerciales y otros grupos de interés con los que se relaciona en el marco de sus operaciones.


ALCANCE


Esta Política es aplicable a OSHO Ingeniería a nivel nacional y tendrá una temporalidad de 3 años con el fin de ser implementada entre el 2024 y el 2027, periodo en el cual se realizará un balance de su implementación con los respectivos hallazgos y retos para poder definir su siguiente versión.

Igualmente, será exigible a todas sus personas empleadas y colaboradoras. Adicionalmente, OSHO Ingeniería promoverá que sus proveedores y socios comerciales actúen conforme a los estándares, lineamientos y principios establecidos en esta Política.


PRINCIPIOS GENERALES


Los siguientes principios buscan orientar la comprensión e implementación de esta política y responden a lo establecido en los principios constitucionales y el derecho internacional de los derechos humanos.


1. Respeto a los Derechos Humanos.

2. Garantizar un trato digno y respetuoso.

3. Igualdad y no discriminación.

4. Equidad e inclusión.

5. Respeto y reconocimiento de los derechos laborales.

6. Protección y respeto del Medio Ambiente


COMPROMISOS Y MEDIDAS ESPECÍFICAS


Actuar con debida diligencia en derechos humanos

OSHO Ingeniería se compromete a incorporar la debida diligencia en el desarrollo de su actividad comercial, con el fin de identificar cuáles son los posibles riesgos e impactos que puede generar sobre los derechos humanos, así como definir medidas y pasos a seguir para prevenir y mitigar estos impactos. Para lo anterior, se compromete a:

Impulsar una cultura de respeto de los derechos humanos al interior de OSHO Ingeniería, promoviendo espacios de sensibilización y capacitación al interior de la compañía y cuando sea pertinente con otros grupos de interés.

Realizar periódicamente procesos de debida diligencia en derechos humanos e incorporar sus resultados en los procedimientos establecidos al interior de la compañía.

Definir e implementar las acciones de prevención y mitigación de los posibles impactos negativos identificados en materia de derechos humanos. Realizar un monitoreo permanente de los riesgos e impactos identificados, as? como del cumplimiento de las acciones definidas.

Comunicar externamente todos los avances en materia de debida diligencia y actuar siempre con total transparencia con las instituciones públicas, socios y grupos de interés. Integrar el enfoque de derechos humanos en las actividades y relaciones comerciales de OSHO Ingeniería.

Específicamente en el marco del proceso de debida diligencia adelantado con el apoyo de la Cámara de Comercio de Bogotá en 2023, OSHO Ingeniería se compromete a gestionar de manera adecuada los riesgos relacionados con los siguientes derechos priorizados:

Derecho a unas condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

Derecho a la propiedad individual y colectiva

Derecho a la seguridad personal

Derecho a la igualdad y la no discriminación


Remediar los impactos a los derechos humanos

Remediar aquellos impactos negativos que puedan generarse sobre los derechos humanos de nuestros diferentes grupos de interés como titulares de derechos.

Establecer y mantener canales de denuncia confidenciales y accesibles para que los empleados y otras partes interesadas puedan informar sobre posibles violaciones de derechos humanos.

Investigar y tomar medidas apropiadas en respuesta a denuncias sobre posibles violaciones de derechos humanos.

Consolidar relaciones con nuestros grupos de interés basadas en el respeto de los derechos humanos Socializar y comunicar la presente política con todos los grupos de interés con los que se relaciona OSHO Ingeniería, a través del diálogo proactivo y la gestión responsable y transparente.

Respetar los derechos humanos de todos las personas empleadas y colaboradoras de OSHO Ingeniería, especialmente los relacionados con la igualdad y no discriminación, trabajo digno, seguridad y salud y libertad de asociación, entre otros.

Respetar los derechos humanos de los clientes y garantizar un trato respetuoso de ellos hacia las personas empleadas y colaboradoras de OSHO Ingeniería.

Rechazar cualquier tipo de discriminación hacia los clientes y personas usuarias de productos o servicios de OSHO Ingeniería.

Respetar en todo momento el derecho a la intimidad, protegiendo y haciendo un uso correcto de los datos personales confiados por las personas empleadas y colaboradoras, proveedores, clientes y otros usuarios de OSHO Ingeniería.

Establecer relaciones de respeto y cooperación con las comunidades locales con las que se relaciona OSHO Ingeniería con el fin de minimizar los impactos adversos y promover relaciones y entornos sostenibles.


DOCUMENTOS RELACIONADOS


Esta política se complementa con los siguientes documentos y procesos previamente establecidos por OSHO Ingeniería:

Reglamento interno de trabajo

Política y procedimiento de protección de datos personales

Sistema de gestión HSE


DIFUSIÓN Y ACTUALIZACIÓN


Esta política de derechos humanos es de carácter público y ha sido aprobada por la Gerencia General de OSHO Ingeniería en diciembre 6 de 2023, con el apoyo y acompañamiento de la Cámara de Comercio de Bogotá en el marco del Proyecto "Acompañamiento e implementación de la Guía de Debida Diligencia para PYMES de Bogotá - Región". OSHO Ingeniería se compromete a asegurar que está disponible a los diferentes actores y grupos de interés.

ANEXO 1


DEFINICIONES


Acoso laboral: Toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo (Art. 2 Ley 1010 de 2006).

Colaborador: Toda y cualquier persona vinculada a la empresa por un contrato de trabajo o que preste servicios a honorarios. Todo aquel que actúa a nombre de la empresa con independencia de la naturaleza del tipo de relación que mantiene con ella. Todos los miembros del Directorio de la Compañía.

Derechos humanos: conjunto de derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción de raza, sexo, orientación sexual, nacionalidad, lugar de residencia, origen étnico, lengua, religión, o de cualquier otra condición, reconocidos en instrumentos nacionales e internacionales, incluyendo la Carta Internacional de los Derechos Humanos que abarca la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Deber de los Estados de proteger los derechos humanos: Los Estados deben proteger contra las violaciones de los derechos humanos cometidas en su territorio y/o su jurisdicción por terceros, incluidas las empresas. A tal efecto deben adoptar las medidas apropiadas para prevenir, investigar, castigar y reparar esos abusos mediante políticas adecuadas, actividades de reglamentación y sometimiento a la justicia.

Debida diligencia en derechos humanos: proceso periódico que una empresa respetuosa elabora con el fin de identificar los impactos negativos, reales y potenciales en derechos humanos de sus actividades con el objetivo de diseñar acciones para su prevención, mitigación o reparación.

Discriminación: Cualquier acto, política o expresión verbal, no verbal o escrita que implique un trato inequitativo, injusto o denigrante de una persona a partir de una característica personal como: edad, raza, etnia, sexo, género, orientación sexual, identidad y expresión de género, nacionalidad, religión, creencia, postura o ideología política, discapacidad, origen familiar y estado civil, situación social y económica, situaciones de salud, razones lingüísticas, y cualquier otra condición, que tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de sus derechos, la igualdad real entre las personas o las oportunidades de un grupo.

Diversidad: Pluralidad de identidades y expresiones culturales que caracterizan a los grupos y las sociedades que componen la humanidad. Se manifiesta en la variedad entre religiones, orientaciones sexuales, identidades de género, posturas políticas, etnias, costumbres, tradiciones, experiencias, culturas, lenguas, edad y la coexistencia entre sí.

Empleado: Persona vinculada laboralmente con la empresa.

Grupo de Interés: todo conjunto de personas que presentan condiciones, características, intereses u orientaciones comunes, identificado como tal por la empresa, que pueda ser afectado o Impactado por el desarrollo de las actividades de esta última, ya sea en forma directa o indirecta.

Impacto en derechos humanos: Cambio, favorable o adverso que la empresa pueda causar en los derechos de los que son titulares quienes pertenecen a sus Grupos de Interés, como consecuencia de sus decisiones y actividades presentes o pasadas.

Inclusión: Dar la bienvenida y abrazar las fortalezas de nuestras diferencias, promoviendo prácticas participativas y brindando igual acceso a oportunidades e información.

Responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos: Las empresas deben respetar los derechos humanos. Eso significa que deben abstenerse de infringir los derechos humanos de terceros y hacer frente a las consecuencias negativas sobre los derechos humanos en las que tengan alguna participación.


Javier Sotelo Calderón

Gerente General

OSHO INGENIERÍA LTDA.

23 de enero de 2024


CONTROL DEL DOCUMENTO E HISTORIA DE CAMBIOS VERSIÓN FECHA DESCRIPCIÓN DE CAMBIOS ELABORADO POR APROBADO POR 01 23/01/2024 Versión Inicial Alejandra Agudelo Calderón Dir. HSEQ Javier Sotelo C. Gerente general y RL Copasst